En estos momentos se está viviendo un enfrentamiento, sin precedentes en nuestra vida democrática pos Acuerdos de paz, entre dos órganos del Estado. El Ejecutivo, en la figura del ciudadano presidente Nayib Bukele, quien asumió el poder el 06 de junio de 2019 y el Legislativo, en la figura de sus diputados de las principales fuerzas políticas y que asumieron su cargo en 2018.
El origen del conflicto ha sido la aprobación de un préstamo por 109 millones de dólares para el financimiento de su plan de seguridad, denominado Plan Control Territorial. La Asamblea Legislativa esta semana recién pasada, del 3 al 7 de febrero, no llegó a un acuerdo para aprobar dicha deuda, llevando al presidente a, según él, hacer uso del artículo 167, específicamente el numeral 7, de la Carta Magna salvadoreña, el cual textualmente dice así:
"7º.- Convocar extraordinariamente a la Asamblea Legislativa, cuando los intereses de la República lo demanden;"
Un numeral ambiguo pero que siempre se ha entendido que se refiere a casos de calamidad pública como epidemias, desastres naturales o invasiones de fuerzas extranjeras, todas circunstancias causales de interrumpir las sesiones ordinarias del órgano legislativo. Asumido que estas sesiones normales no se han interrumpido y que no existe ninguno de los escenarios catastróficos antes mencionados, dicho artículo no debería invocarse. "los intereses de la República lo demanden" es una frase que bien pudo usarse en la época que había de 9 a 12 homicidios diarios, o cuando hubo casos de la gripe H1N1, hasta en la reciente crisis del agua potable en San Salvador pudo argumentarse que se activaban las condiciones para esta convocación. ¿Por qué no se hizo entonces? simplemente porque la Asamblea siempre ha estado sesionando en dichas fechas, en su frecuencia ordinaria.
Actualmente se habla de la aprobación de un préstamo que, por alguna razón, es de carácter urgente. El presidente juega la carta de la seguridad ciudadana, que necesita de ese dinero para reforzar un plan que, se insiste en los medios y redes gubernamentales, está funcionando. Ahora bien, si el plan, actualmente en su segunda fase, está funcionando tan bien, las estadísticas de homicidios diarios a la baja así lo muestran, ¿por qué se dice que sin estos 109 millones de dólares, dicho plan se vendría abajo y la seguridad de todos los salvadoreños estaría en juego? Hay un fallo de lógica en la argumentación del ciudadano presidente. Hasta el lunes o martes recién pasados el plan funcionaba genialmente, y él celebraba que el pasado mes de Enero fue el menos violento desde los Acuerdos de Paz en 1992. Unos días después la situación del país es tal, que sin ese extrafinanciamiento caemos en calamidad pública, lo que obligó al Consejo de Ministros a hacer uso del mencionado articulado constitucional, convocando a la sesión plenaria el día de hoy, domingo 9 de febrero a las 3:00 pm.
La Asamblea Legislativa ha sesionado y declarado que la convocatoria es improcedente y que no se presentará este día a la hora estipulada. Ante esto el presidente ha declarado que esto lleva a una ruptura del orden Constitucional y clama el derecho a la insurrección que está contemplado en el siguiente artículo de la Constitución, en su primer inciso:
"Art. 87.- Se reconoce el derecho del pueblo a la insurrección, para el solo objeto de restablecer el orden constitucional alterado por la transgresión de las normas relativas a la forma de gobierno o al sistema político establecidos, o por graves violaciones a los derechos consagrados en esta Constitución"
Si el uso del primer artículo es ambiguo y muy conveniente, en éste otro, el abuso de los términos es más que claro. Primero, señala que la insurrección debe venir del pueblo, por ende se entiende que es contra el gobierno o las instituciones estatales cuando la situación lo amerite. El Pueblo, como entidad, organizado si, pero en ningún momento se habla de otro órgano del gobierno que lídere dicho movimiento.
Segundo, las circunstancias, "transgresión de las normas relativas a la forma de gobierno o al sistema político establecidos", o sea solo cuando nuestro sistema de gobernar cambie drásticamente, esto es: que el presidente siga en su puesto luego de vencido el período por el cual fue electo, cuando se decrete alguna ley que establezca la monarquía o privilegios hereditarios y nobiliarios, o se apruebe la esclavitud o cambios en la forma de ejercer el sufragio para que no sea secreto o libre, y situaciones por el estilo.
Tercero, "por graves violaciones a los derechos", éste, siendo sinceros, podría aplicarse prácticamente cada día en El Salvador, pero eso no hace que haya insurrecciones en cada momento.
A una hora de vencerse el plazo para la sesión extraordinaria de la Asamblea, los diputados del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN) y de la Alianza Republicana Nacionalista (ARENA), de éste último la gran mayoría, han señalado que no asistirán, impidiendo, por aritmética, que haya Quórum para iniciar la sesión. El ciudadano presidente ha convocado al pueblo a una manifestación-mitín frente a la Palacio Legislativo, se han activado unidades militares por toda la zona, se reportan francotiradores y que muchas licencias tanto en el Ejército como en la Policía Nacional Civil, para que sus efectivos estén listos a cualquier orden. Tanto el FMLN y ARENA denuncian estos actos como militarización e intimidación de un órgano del gobierno hacia el otro, violentando un principio sagrado de la democracia, la independencia de sus 3 poderes. Mientras, el titular de Seguridad y del ministerio de Defensa han manifestado su adhesión al Ejecutivo y su juramento de lealtad al presidente de la república, como jefe de estado y comandante general del Ejército.
En ciencia política sencilla, se define el Golpe de Estado como el cambio forzado de sistema de gobierno, casi siempre con el apoyo o al menos la connivencia de las fuerzas armadas, ya que ellas son las llamadas a proteger y preservar el orden institucional y estatal. Si las instituciones de gobierno son modificadas a la fuerza, son cambiadas, o desconocidas, por otro órgano de gobierno, saltándose el debido proceso, en este caso las elecciones, y el Ejército apoya esto, eso es un Golpe de Estado.
Aclarado eso, a minutos que ocurran los acontecimientos, pueden darse los siguientes escenarios:
1. Los diputados terminan llegando y haciendo justo lo que el presidente exige, con lo que se abre una época donde el miedo, la manipulación y la intimidación funcionen para hacer política.
2. La más probable al parecer, los diputados no llegan, el presidente en medio de un mitín multitudinario, llama a desconocer a la Asamblea, dando lo que técnicamente sería un Auto golpe de Estado, y puede llamar a elecciones extraordinarias para diputados, o, más grave aún, a una Asamblea Constituyente.
Aunque la segunda suene a locura, los níveles de popularidad del presidente, así como el desprestigio entre la población por parte de la Asamblea y de sus diputados, hacen que exista esa posiblidad. Amparados en el derecho a la Insurrección las personas pueden aceptar que el presidente empiece a gobernar por decreto ignorando al órgano legislativo hasta que haya elecciones, que según la mayoría de encuestas, le darían al Ejecutivo un control casi total de la próxima Asamblea.
Esas son las posiblidades, pero como en todo, puede ocurrir otras igualmente peores o mejores, estamos a poco tiempo de ver que ocurrirá...
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