El día 13 de julio del presente año, por la noche, la Sala de lo Constitucional de El Salvador, dio a conocer una resolución muy esperada, referida a la legalidad o no de la ley de aminstía de 1993 . El documento emitido por la Sala (cuyas resoluciones según nuestra Carta Magna son inapelables y de obligatorio cumplimiento) señala que los artículos 1 y 4 de la ley antes dicha son inconstitucionales. Estos artículos son los siguientes: Art. 1.- Se concede amnistía amplia, absoluta e incondicional a favor de todas las personas que en cualquier forma hayan participado en la comisión de delitos políticos, comunes conexos con éstos y en delitos comunes cometidos por un número de personas que no baje de veinte antes del primero de enero de mil novecientos noventa y dos, ya sea que contra dichas personas se hubiere dictado sentencia, se haya iniciado o no procedimiento por los mismos delitos, concediéndose esta gracia a todas las personas que hayan participado como autores inmediatos, m...
"Muchos años después, frente al pelotón de fusilamiento..."